Domiciliación de pagos

 

1. Sin certificado digital

El cargo en la cuenta de los obligados al pago se realizara los dias 15 del último mes del periódo voluntario del pago. En caso de coincidir con un día inhabil, el cargo se realizara el primer día hábil siguiente.

La domiciliación bancaria del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI), lleva aparejada una bonificación del 5% sobre la cuota a pagar.

 

 

2. Con certificado digital

Dentro de la Oficina Virtual del Contribuyente, deberá acceder a la Oficina Virtual del Ciudadano (bloque a la derecha de la página) y una vez realizado el acceso mediante certificado, dirigirse al apartado Objetos Tributarios.