Edad Moderna
Este periodo viene marcado por la construcción en El Escorial por parte de Felipe II del Monasterio, lo que absorbió una gran cantidad de mano de obra de los pueblos cercanos y es más que probable que intervinieran canteros villalbinos, ya que de las canteras de Alpedrete se extrajo la piedra para su construcción.
El paso de la comitiva regia también supuso una mejora en la caminería como la construcción del Puente del Herreño en 1583 para unir el monasterio con la antigua calzada romana a fin de pasar el puerto de la Fuenfría, camino que adquiere mayor importancia con Felipe V durante las jornadas reales que se realizaban en Valsaín y la Granja de San Ildefonso. Véase: GACHO SANTAMARÍA. M.A. "Las reales caballerizas. Una institución al servicio de la corona a través de la historia" en: Historia del Carruaje en España. Grupo FCC. Madrid. 2005.
La decisión de Felipe II de establecer la corte en Madrid así como la construcción del monasterio de El Escorial supuso para esta población serrana una fuente de ingresos adicional, pues la Corte demandaba nuevos productos para su esplendor y refinamiento, uno de ellos era el hielo, necesario como materia prima de los reposteros de las cocinas palaciegas para la elaboración de postres y helados.
Al objeto de poder satisfacer esta nueva demanda las poblaciones serranas construyeron más pozos de nieve, aunque era necesario desplazarse hasta las cumbres para hacer el acopio de la nieve que posteriormente transportaban mediante carros cubiertos de hojas de helechos hasta la corte.
En los últimos años ha aparecido diversos estudios y monografías dedicados a la investigación de la Corte y de los oficios cortesanos, a este respecto hay que destacar la obra dirigida por José Miguel López García titulada “El impacto de la Corte en Castilla. Madrid y su territorio en la época moderna”. Madrid 1998.
El paisaje del término municipal es la característica que marcará durante mucho tiempo la actividad económica del municipio, por una parte, la abundancia de canteras de piedra que se reflejara en el paisaje urbanístico primigenio y que tuvo su máximo desarrollo con las construcciones palaciegas de la corte madrileña y, por otra, la abundancia de dehesas y zonas de pasto para la ganadería, ya que la economía se basaba en una mínima agricultura de productos de subsistencia, a la que se sumaban, como explotación crematística, una ganadería lanar y vacuna de las que sólo perduró la segunda.
Claro ejemplo de las zonas de pasto es la Dehesa Boyal que aún perdura en nuestros días aunque su extensión haya mermado considerablemente, el canon que se cobraba por la utilización de los pastos de la Dehesa Boyal. constituyó la principal fuente de financiación municipal de los bienes de propios durante muchos años.
En 1630 le fue concedido por Felipe IV a Collado Villalba el Privilegio de Villazgo a petición de la Duquesa del Infantado, al precio de 300 ducados para sufragar los ejércitos de Italia, con jurisdicción civil y criminal mixto y mero imperio.
En este momento llegaron al acuerdo de que todos los documentos de la Villa de Collado Villalba y del barrio de Alpedrete se guardasen en un arca de tres llaves, una la custodiaría el Alcalde de Collado Villalba, otra el Alcalde del barrio de Alpedrete y la última el Regidor del Manzanares el Real.
Resumen de las Capitulaciones de la concesión de villa:
- Cada año el día de año nuevo se nombran los oficios públicos por parte de la Duquesa del Infantado así como escribano y alguacil mayor
- El Gobernador de la Villa del Real de Manzanares tiene el derecho de personarse en la Villa de Collado Villalba cuando lo estime oportuno
- En las penas pecuniarias que se apliquen en las causas criminales la mitad es para la hacienda de la Duquesa
- Los Mostrencos (En principio los bienes mostrencos, sean muebles o inmuebles, eran los bienes apropiables por su naturaleza, que carecían de dueño, como los animales que pueden ser objeto de caza y pesca, tesoros ocultos y otros bienes muebles abandonados.) son propiedad de la Duquesa
- La Duquesa nombra los jueces de residencia
El primitivo ayuntamiento se reunía en concejo al son de campana, como lo tenía de uso y costumbre, y lo efectuaba encima de una roca, en un lateral de la plaza de la Constitución, donde se ubica en Ayuntamiento.
La Roca del Consistorio o Piedra del Concejo, la forman unas gradas cuyo trabajo fue efectuado para mayor comodidad del concejo en la época que era alcalde en señor Sanz en el año 1724. Fue incoado expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con la categoría de Sitio Histórico por resolución de 22 de octubre de 1991, de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de Educación y Cultura.
Prácticamente pasa la edad moderna sin más incidencias, excepto las relativas a contribuciones especiales y algún que otro litigio con los pueblos vecinos sobre los limites del municipio.