Licencia para la construcción de edificios, naves, viviendas unifamiliares y para la realización de obras que afecten a la estructura de edificios.
AVISO: PUEDE TRAMITAR LA DOCUMENTACIÓN DE OCP-E A TRAVÉS DE NUESTRA SEDE ELECTRÓNICA EN EL SIGUIENTE ENLACE:
¿Quién lo puede realizar?
Cualquier persona física o jurídica, personalmente o a través de representante, promotora de las obras.
¿Dónde se tramita?
Edificio Consistorial, en el Area de Urbanismo. 2ª Planta.
Entrega de toda la documentacion por Registro de Entrada en el
Servicio de Atención al Ciudadano (Planta Baja) o a través de la Sede
Electrónica. En caso de entidades jurídicas (empresas) será obligatoria
la presentación por SEDE ELECTRÓNICA, salvo excepción debidamente
justificada.
Documentación a aportar
La consignada en el impreso normalizado de Solicitud de Licencia y en la Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas,(B.O.C.M. 11/10/2014) , sin perjuicio de cualquier otra que el interesado estime pertinente.
Tasa e Impuesto
Periodo de Validez
Los plazos de concesión de la licencia son los siguientes:
- 1 año para inicio de las obras.
- 3 años para finalización de las obras.
Marco Legal
Plan General de Ordenación Urbana de 30 de agosto de 2001
Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid
Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo del Estado
Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la CAM
RD 314/2006, de 17 de marzo, Código Técnico de la Edificación
Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y fomento del Arbolado Urbano de la CAM
Legislación Sectorial que proceda
Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas. (B.O.C.M. 11/10/2014).
Resto procedimiento
- Dictamen de los Servicios Técnicos.
- Informe jurídico.
- Acuerdo de concesión de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento.
- Notificación al interesado.