Actividades - Y134. Licencia de Actividad. Sustituye al Modelo de Licencia de Actividad Con Proyecto
Actividades Objeto de Tramitación
. Actividades enumeradas en el Art. 76 de la Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas y de la Implantación y Ejercicio de las actividades de Collado Villalba:
- Actividades contempladas en el Anexo II, apartado I. 6 del Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, o normativa que lo sustituya: 6.1. Casinos - 6.2. Establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar- 6.3. Salones de juego- 6.4. Salones recreativos- 6.5. Rifas y tómbolas- 6.6. Otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativas de Juegos y apuestas conforme a lo que establezca la normativa sectorial en materia de juego- 6.7. Locales específicos de apuestas.
- Sometidas a procedimiento ambiental (Anexo V- ley 2/2002 CM o 21/2013 estatal)
- En establecimientos afectadas a bienes catalogados, bienes de interés cultura con declaración individualizada, bienes incluidos a título - individual en el Inventario de Bienes Culturales de CM, inmuebles catalogados con máxima protección por el Plan General
- Uso privativo y ocupación de los bienes de dominio público
- Actividades con + de 750m2 de superficie útil de exposición y venta al público excepto las 2/2012 CM
- Expedientes de legalización de actuaciones.
¿Quién lo puede realizar?
Cualquier persona física o jurídica, personalmente o a través de representante.
¿Dónde se tramita?
En el Área de Urbanismo, ubicado en:
- Edificio consistorial. Plaza de la Constitución nº 1. 2ª planta
Documentación a aportar por Registro de Entrada
La establecida en el Modelo de Solicitud de Licencia de Actividades y en la Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas (BOCM de 11/10/2014, 30/05/2020 y 29/06/2020). Además, las Cartas de Pago de la Tasas con su justificante de pago. En caso de incluir obras, además Tasa de la obra, ICIO y fianza de GESTIÓN DE RESIDUOS que correspondan, con sus justificantes de pago.
Tasa
Por cada licencia se satisfará una cuota en función del Presupuesto y de la Superficie del local donde se ubica la actividad. El importe a calcular puede verlo en el Modelo de Solicitud anexado a esta información.
En el caso de incluir obras, además el importe calculado sobre el presupuesto sin IVA, según el porcentaje especificado en el Modelo de Solicitud.
ICIO
En el caso de incluir obras será el importe calculado sobre el presupuesto sin IVA, según el porcentaje especificado en el Modelo de Solicitud.
Período de validez
El plazo de vigencia de la licencia municipal de apertura es permanente, siempre que no pierda la vigencia por la tramitación de expediente sancionador. Por el transcurso de cierre de la actividad por un periodo superior a seis meses o por la tramitación de un cambio de titularidad de la actividad.
En caso de incluir obras, los plazos de concesión de la licencia de obras son los siguientes:
· 1 año para inicio de las obras.
· ,3 años para finalización de las obras.
Marco Legal
- Plan General de Ordenación Urbana de 30 de agosto de 2001.
- Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
- Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo del Estado.
- Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la CAM.
- RD 314/2006, de 17 de marzo, Código Técnico de la Edificación.
- Ley 8/2005, de 26 de diciembre, de Protección y fomento del Arbolado Urbano de la CAM.
- Legislación Sectorial que proceda.
- Orden 2726/2009, de 16 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se regula la gestión de los residuos de construcción y demolición en la Comunidad de Madrid.
- Ley 8/1993 de 22 de junio, de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras arquitectónicas de la Comunidad de Madrid y Decreto 13/2007 de 15 marzo del Consejo de Gobierno por la que se aprueba “El Reglamento Técnico de Desarrollo en materia de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras” de la Comunidad de Madrid.
- Ordenanza Reguladora del Control Municipal de Actuaciones Urbanísticas de 11 de Octubre de 2014(B.O.C.M. de 11/10/2014, 30/05/2020 y 29/06/2020).
- Ordenanza Municipal Reguladora de la ejecución de Zanjas y Calas y Canalizaciones en las Vías Públicas o Terrenos de Uso Público.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana.
- Ley 1/2020 de 8 de Octubre por la que se modifica la Ley 9/2001 de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid.
- Decreto de Alcaldía nº 1482 de 4 de marzo de 2021 sobre Medidas Extraordinarias para Instalaciones de Mobiliario Urbano en Terrazas Ubicadas en Terrenos de Uso Público.
Procedimiento a seguir
· Cumplimentar la solicitud y generar las Cartas de Pago que correspondan en la Sede Electrónica, o bien recogerlas en Hacienda (Planta 1ª) o solicitarlas en el correo hacingresoscv@hotmail.com. Pago en Recaudación si es con Tarjeta (Planta Baja), en la Entidad Bancaria o a través de la Sede Electrónica.
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Entrega de toda la documentación por Registro de Entrada en el Servicio de Atención al Ciudadano (Planta Baja) o a través de la Sede Electrónica.
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Si se trata de entidades jurídicas (empresas), es obligatoria la gestión en Sede Electrónica.
Resto procedimiento
- Recepción de la documentación procedente de la Sede Electrónica o del SAC por el Área de Urbanismo.
- Control Administrativo de la documentación presentada
- Informe de los Servicios Técnicos del Ayuntamiento.
- Acuerdo de concesión por Resolución de la Concejalia de Urbanismo
- Notificación al solicitante.