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Atrás Cambios en los datos personales. Padrón de habitantes

Es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo.

¿Quién lo puede realizar?

Todas la personas, que habiten en el municipio, sean nacionales o extranjeras, y, en este último caso, tengan o no regularizada su situación en el Registro del Ministerio del Interior, y hayan cambio alguno de sus datos personales, que deberan notificar, para su actualización, en la inscripción padronal (núm. DNI, nivel de estudios, cambio de nacionalidad, cambio de apellidos, etc.).

¿Dónde se tramita?

En cualquiera de los Servicios de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento, ubicados en:

  • Edificio consistorial.
  • C/Real, 26.

Consultar horario de atención al público.

Documentación a aportar

  • Documento que identifique a la persona:
  • DNI, o Tarjeta de Residencia, o Pasaporte o Permiso de Conducir.
  • Documento que acredite el cambio o modificación necesaria.

Precio

Gratuito.

¿Cuándo se puede recoger?

El trámite es inmediato.

Periodo de validez

La validez es permanente, mientras no cambien los datos o circunstancias.

Marco Legal

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
  • Resolución de 4 de julio de 1997 (Derogado apartado 8 "Revisión anual del Padrón" por la Resolución de 16 de diciembre de 2003, de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director general de Cooperación Territorial), por la que se dictan instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre actualización del Padrón Municipal.
  • Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, modificando la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Resolución de 26 de mayo de 2005, de la Subsecretaría, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan Instrucciones técnicas a los ayuntamientos, sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones patronales de los extranjeros no comunitarios, sin autorización de residencia permanente, que no sean renovados cada dos años.
  • Ley de Protección de Datos de carácter personal.

Procedimiento a seguir en el SAC

  • Revisión de los datos de cada una de las personas afectadas por el cambio.
  • Comprobación de los documentos que se adjuntan.
  • Subsanación de errores, en su caso.
  • Grabación de la modificación, en el programa informático oficial.
  • Entrega al interesado de un Volante de inscripción padronal, donde consten sus nuevos datos.

Resto procedimiento

  • Tratamiento informático de cambios en los datos personales.
  • Gestión, actualización, mantenimiento y envío de los datos al I.N.E. en los ficheros de intercambio, según normativa.
  • Archivo de los documentos y modificaciones.