Propietario o poseedor de las especies potencialmente peligrosas.
¿Qué es?
El propietario o poseedor de las especies potencialmente peligrosas, que pertenezcan a alguna de las siguientes razas o sus cruces en primera generación:
- Pit Bull Terrier.
- Staffordshire Bull Terrier.
- American Staffordshire Terrier.
- Rottweiler.
- Dogo Argentino.
- Fila Brasileiro.
- Tosa Inu.
- Akita Inu.
La tenencia de un animal calificado como potencialmente peligroso requerirá, la obtención previa de una licencia administrativa, que será otorgada por el Ayuntamiento.
¿Quién lo puede realizar?
Toda persona interesada.
¿Dónde se tramita?
La solicitud se tramita a través del servicio de Registro del Ayuntamiento, dirigido al Área de Sanidad.
El horario de atención al público es el siguiente: de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
Documentación a aportar
Para la obtención de dicha licencia se deberá aportar:
- Solicitud de licencia municipal (Anexo I).
- Fotocopia del D.N.I
- Certificado de aptitud psicológica en el que se especifiquen que el propietario , está capacitado psicológicamente para la tenencia de dicho animal.
- Certificado de capacidad física.
- Seguro de responsabilidad civil, por una cuantía mínima de 120.000 €, por daños a terceros indicando el código de identificación del animal.
Precio
Gratuito.
Periodo de validez
Cinco años.
Marco Legal
Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia Responsable, Bienestar y Protección de Animales Doméstico y de Compañía, de fecha 19 de octubre de 2022.
Procedimiento a seguir en el SAC
- Recoger la solicitud y revisar toda la documentación a aportar.
- Remitir la documentación al Servicio del Área de Sanidad del Ayuntamiento.
Resto procedimiento
- Recepción documentación procedente del SAC.
- Si procede otorgar la licencia administrativa.
- Comunicarle por correo al ciudadano.